Menú Principal
16 de noviembre de 2018

“En el sistema penal las víctimas se van desilusionadas”

La justicia restaurativa oreparadora se focaliza en la compensación del daño a las víctimas, busca que los trasgresores de ley se hagan responsables de su accionar y no se centra en castigarlos. De esta manera, implica una visión completamente opuesta a aquella en boga que pide endurecer las penas, como vía para terminar con la delincuencia.

El juez Juan Opazo, magistrado del 4º Juzgado de Garantía de Santiago y uno de los impulsores de esta forma de entender la justicia, explica cómo opera en la práctica: “Hay formas de justicia restaurativa que se aplican antes de la sentencia, porque la idea es que la persona no quede con antecedentes que complicarán su reinserción. Las posibilidades son varias, por ejemplo, el acuerdo reparatorio -que está en el código procesal penal- permite un acuerdo entre víctima e imputado que satisfaga a la víctima sin llegar a la sanción.

centro de justicia

-¿Qué otras formas de justicia restaurativa existen?

-Hay algunas que no están en el código, pero no se contradicen con el sistema. La mediación penal que se aplica en algunos tribunales como plan piloto, es la mejor forma de resocialización, porque el imputado -al darse cuenta del daño que generó a una persona específica- dudará en hacerlo de nuevo. En España, en justicia penal adolescente, tiene un cuarenta por ciento de éxito, lo que es bastante bueno.

Además, cuando la víctima a través de la mediación conoce al imputado y su realidad -y es parte de la solución-, se siente empoderada. Por eso tiene efectos relevantes, porque permite una víctima conforme y un imputado con una intervención real que ayudará a su reinserción.

-¿Por qué no se aplica más?

-Porque requiere mediadores y se tiene que hacer en forma paralela al sistema mientras no esté regulada. El plan piloto del 2º Juzgado de Garantía trabaja con mediadores que le proporciona un centro comunitario, el tema es cómo después se termina la causa. Porque si hubo mediación ¿Cuál es el fin de condenar posteriormente? Entonces, traemos la causa de nuevo al sistema para buscar una salida distinta.

-¿Qué otros proyectos de justicia restaurativa tiene el Poder Judicial?

-Uno de ellos es el Tribunal de Tratamiento de Drogas. Cuando alguien comete delitos porque tiene un problema con drogas, no tiene sentido condenarlo porque cumplirá la pena y seguirá en lo mismo. Lo que importa es que no vuelva a delinquir y, para ello, se le da esa alternativa.

Otro ejemplo es abordar los problemas a través de medidas cautelares con contenido. Se trabaja la reinserción durante la causa para que cuando se tenga que terminar, no se necesite aplicar sanción porque la medida cautelar logró su fin.

En el extranjero también existe apoyo al egreso penal. El modelo escocés acompaña a los jóvenes en el periodo previo y posterior a su salida; se les apoya económicamente, con profesionales y albergue. Con esto se logra que la reincidencia sea de un 2 por ciento. Si bien tiene una alta inversión, su rentabilidad social es relevante porque hay menos víctimas.

-¿Justicia restaurativa y terapéutica son similares?

-La restaurativa incluye varias formas de intervención, siendo la terapéutica una de ellas, y esta se enmarca en lo clínico como el Tribunal de Tratamiento de Drogas. Lo que se pretende a través de la justicia restaurativa, es dar una solución real al conflicto sobre todo enfocado en la víctima. Porque en el sistema penal -salvo que haya penas extremadamente altas, lo que ocurre solo en delitos graves- todas las víctimas se van desilusionadas, porque sin conocer al imputado, solo quieren sanciones muy altas, incluso más allá de los límites legales, porque están dolidas.

 

¿Cómo aporta el VAE a la justicia restaurativa?

-El proyecto VAE tiene la ventaja del modelo escocés. Es decir, acompaña al enfrentar la libertad. El sujeto sin apoyo volverá al delito porque es lo que sabe hacer. Si a las personas les das posibilidades, las tomarán. Y aunque solo lo haga un porcentaje bajo, se reducirá la cifra de quienes cometen delitos. El tema de fondo es cómo preparamos al sujeto que perdió sus habilidades sociales, para que cuando vuelva a la libertad las adquiera nuevamente. Lo importante es que estos proyectos salgan adelante y no se queden en pilotos.

En el derecho penal la privación de libertad se aplica como última medida. El tema no es evitar que la gente vaya a la cárcel; lo que ocurre es que la cárcel no le hace bien a nadie, salvo si uno considera la tortura como válida se podría justificar la prisión a ese respecto. Para un Estado moderno el castigo no es tortura, porque se humanizó y pasó a ser un elemento resocializador. Además, tener un preso es caro e invirtiendo menos podemos motivar al cambio.